El coronel Mejía fue imputado por el asesinato de 75 personas que fueron presentadas como guerrilleros muertos en el departamento del Cesar y Sur de la Guajira.
COLOMBIA | La Jurisdicción de Especial para la Paz (JEP), determinó que el coronel Publio Hernán Mejía incumplió las garantías de no repetición y revictimización con las que se comprometió cuando se sometió a esta institución.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad -JEP-revocó el beneficio de libertad transitoria otorgada en el año 2017 y ordenó su captura. Ante esta decisión, la defensa del coronel Publio Hernán Mejía apeló por lo que la orden de captura no se puede ejecutar hasta que la Sección de Apelación revise el caso.
El coronel del Ejército de Colombia, Publio Hernán Mejía es procesado por una supuesta alianza con grupos paramilitares y su participación en más 70 ejecuciones extrajudiciales de civiles en el departamento del Cesar. Hace una semana, el gobierno de Estados Unidos informó que iba a prohibir su ingreso al país.
Mejía fue el comandante del Batallón La Popa en el departamento del Cesar y fue condenado por la justicia ordinaria a 14 años de prisión por aliarse con los paramilitares por presentar “falsos positivos”, entre el 9 enero de 2002 y el 8 de enero de 2004.
La JEP, le imputó cargos en el año 2021 por el asesinato de 75 personas que luego fueron presentadas como guerrilleros muertos en combate en el norte de Cesar y sur del departamento de la Guajira.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, analizó 26 vídeos publicados en el canal de YouTube “Primero la Patria” y encontró que en cuatro de ellos se presentaba “una afectación directa al régimen de condicionalidad, lesionando gravemente los derechos y garantías de las víctimas”.
“Esta decisión fue tomada luego de que la JEP comprobara que el coronel retirado usara en redes sociales que violaron el compromiso de garantías de no repetición adquirida. Como consecuencia de la decisión, una vez en firme, el compareciente deberá ser enviado a lugar de reclusión en donde deberá cumplir la condena impuesta por concierto para delinquir agravado”, señaló la JEP. El envío de Mejía a un centro de reclusión militar se hará para que complete el tiempo que le haga falta por cumplir la condena que le fue impuesta por el delito de concierto para delinquir agravado, aunque continuará vinculado como compareciente a la JEP.